El Supremo ha concluido que la editora de los diarios El País, AS y
Cinco Días entre otras publicaciones, ha vulnerado el derecho de huelga y
la libertad sindical de los trabajadores de la rotativa Pressprint,
perteneciente al mismo grupo.
Los hechos se remontan a 2012, cuando sus trabajadores convocaron
diez jornadas de huelga entre el 13 y el 27 de diciembre como medida de
protesta y de presión contra el despido colectivo de más de 180
empleados.
Entonces, la empresa desvió su producción a otras imprentas del
sector; en Cataluña, hicieron la impresión Imprintsa e Indugraf. En
Madrid, Bepsa, Printolid, Impresa Norte e Imprintsa.
El Supremo entiende que Prisa vulneró el derecho a la huelga al
sustituir externamente la actividad de los trabajadores, especialmente
si se tienen en cuenta los vínculos societarios que existen entre la
rotativa y el resto de empresas editoras del grupo. Por lo cual deberá
indemnizar con 100.000 euros al sindicato Comisiones Obreras (CCOO) en
concepto de daños y perjuicios.
Señala en el fallo que “Ninguna duda cabe de que el hecho de la
normal aparición durante los días de huelga de los diarios editados por
las demandadas priva de repercusión apreciable a la huelga,
arrebatándole su finalidad de medio de presión y de exteriorización de
los efectos de la huelga al presentar una apariencia de normalidad
contraria al derecho de huelga”.
Sin embargo, no fija indemnización para los huelguistas que
raclamaban el abono de la cantidad detraída por la empresa de sus
retribuciones (40.132 euros) y el pago de las cotizaciones a la
Seguridad Social no realizadas durante esos días de huelga.
El pasado 28 de marzo los trabajadores de la rotativa Bilbao
Editorial Producciones (BEPSA, del grupo Vocento) realizaron un paro
como muestra de rechazo a las medidas adoptadas por sus directivos, que
cuestiona la viabilidad de la empresa.
Como consecuencia del paro, la rotativa no pudo imprimir ese día los
diarios El Comercio, Diario Montañés, Diario de la Rioja, ABC y Mundo
Deportivo; por lo cual la dirección de BEPSA, desvió esa producción a
otras rotativas. Un caso de vulneració del derecho a la huelga similar
al caso fallado contra Prisa.
Fuente: LaRepublica.es
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