Si de algo presume la ministra de Empleo, Fátima Báñez, es de que la
reforma laboral ha permitido fomentar alternativas al despido. Sin
embargo, el Gobierno no ha prorrogado una de las medidas que permite a
las empresas, y, sobre todo, a los trabajadores afectados por
expedientes de regulación temporal de empleo o de suspensión de jornada,
sobrellevar el trago en mejores condiciones: la reposición de sus
prestaciones de paro una vez que vuelvan al desempleo definitivamente.
De esta forma, los trabajadores afectados por expedientes
llevados a cabo durante los años pasados no podrán recuperar la parte de
paro que hayan consumido si son despedidos a partir de 2015. Tampoco la recuperarán los empleados cuyas empresas apliquen ERE de reducción o suspensión a partir de este año.
Durante 2012, 306.358 trabajadores accedieron a la prestación de
desempleo procedentes de un ERE temporal o de una suspensión de jornada,
según datos del Ministerio de Empleo. En 2013, esa cifra fue de 246.144
hasta el mes de octubre.
Hasta ahora, los trabajadores cuyas empresas llevaban a cabo
expedientes de empleo temporales o de suspensión de jornada recuperaban
su prestación de paro una vez que estos terminaban: el servicio público
de empleo le reponía hasta un máximo de 180 días de los que hubieran
consumido de su prestación. En los expedientes de suspensión de jornada,
las empresas mandan a casa durante semanas o meses a parte o a todos
sus trabajadores. Durante ese periodo se ahorran los costes salariales y
los empleados cobran el desempleo.
En el caso de los expedientes de reducción de jornada, las empresas
recortan las horas de trabajo de sus trabajadores: mientras dura el
expediente, los empleados cobran la parte proporcional de su salario,
que completan con una parte de su prestación por desempleo. En ambos
casos, las empresas tratan de evitar un despido colectivo y ganan tiempo
para reestructurar la empresa sin deshacerse de la plantilla.
Para que los trabajadores no fueran víctimas colaterales de estas
medidas, sus prestaciones de desempleo se reponían una vez que
finalizaba el expediente de su empresa. De esta forma, si más tarde eran
despedidos –ya que la empresa no lograba salir a flote–, podían cobrar
su prestación de forma casi íntegra, sin descontar lo que habían
percibido mientras duró el expediente. Sin embargo, el Gobierno
no ha manifestado su determinación de prorrogar esta medida. Fuentes de
Empleo aseguran que, de momento, no hay intención de hacerlo.
Muy al contrario, en el último año y medio el Gobierno ha aprobado
varias medidas para intentar contener el gasto en desempleo.
UGT y CCOO pidieron ya en diciembre a Fátima Báñez que extendiera
esta medida durante este año para “favorecer la utilización de
iniciativas de flexibilidad interna de regulación temporal en las
empresas ante supuestos de reestructuración empresarial como alternativa
a la destrucción de empleo”. En una carta a la ministra, las dos
centrales subrayaban que la reposición de las prestaciones favorecía
tanto a empresas como a trabajadores al permitir la viabilidad de la
actividad y el mantenimiento del empleo.
La suspensión de la medida puede generar otros efectos perversos. Por ejemplo, puede
suceder que trabajadores cuyo expediente temporal o de suspensión
recoja los últimos meses de 2013 y los primeros de 2014 recuperen sólo
la parte de su prestación que corresponda al año pasado. En
otros casos, las empresas aplican la suspensión de contratos por turnos,
es decir, que en una misma empresa puede haber trabajadores que vayan a
recuperar su prestación, mientras que otros no.
Fuente: ElDiario.es
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