El
artículo 150 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, establece que
las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, causadas por
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que, sin llegar a constituir
una incapacidad permanente, supongan una disminución o alteración de la
integridad física del trabajador y aparezcan recogidas en el baremo anejo a las
disposiciones de desarrollo de dicha ley, serán indemnizadas, por una sola vez,
con las cantidades alzadas que en el mismo se determinen, por la entidad que
estuviese obligada al pago de las prestaciones de incapacidad permanente, todo
ello sin perjuicio del derecho del trabajador a continuar al servicio de la
empresa.
El
baremo al que se refiere la disposición legal citada fue establecido por la
Orden de 15 de abril de 1969, modificada por la Orden de 15 de abril de 1974.
Posteriormente, la Orden de 11 de mayo de 1988 revisó determinadas cuantías del
mismo, a fin de suprimir las discriminaciones, por razón de sexo, existentes.
La Orden de 16 de enero de 1991 actualizó las cuantías de acuerdo con la
evolución del Índice de Precios de Consumo (IPC) correspondiente al período
1974 a 1990, y la Orden TAS/1040/2005, de 18 de abril, hizo lo propio de
acuerdo con la evolución del IPC entre 1991 y 2004.
La
disposición adicional quincuagésima sexta del texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, incorporada por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social,
establece que este Ministerio procederá a actualizar los importes, según
baremo, de las lesiones permanentes no invalidantes,
derivadas de contingencias profesionales, reconocidas por la Seguridad Social.
Dicha actualización implica un incremento del 19,7 por ciento, equivalente a la
evolución del IPC desde diciembre de 2004 hasta diciembre de 2011.
En
su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, he dispuesto:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/01/30/pdfs/BOE-A-2013-892.pdf
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